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BECAS 2019/2020

Plazo y forma de presentación de solicitudes

Plazo de presentación

  • Desde el 1 de agosto de 2019
  • Hasta el 1 de octubre de 2019

Forma de presentación de la solicitud

La solicitud se presenta mediante formulario on-line a través de la página web de este Ministerio. Para acceder a dicho formulario, deberá pulsar el botón "Becas Generales 2019 - 2020" que hay en la portada de nuestra web. El alumno deberá registrarse previamente en la Sede Electrónica de este Ministerio, si bien hay que tener en cuenta que el registro realizado anteriormente (ya sea para pedir beca o para cualquier otro asunto) sigue siendo válido para realizar este trámite.

En principio, no habrá que aportar documentación, pues las unidades encargadas de la tramitación (en adelante, unidades de becas) consultarán y obtendrán de la Administración correspondiente todos los datos necesarios para verificar que se reúnen los requisitos generales, académicos y económicos. Solo en determinados supuestos muy específicos se deberá aportar la documentación concreta que se le especificará cuando cumplimente el formulario.

No obstante, en cualquier momento las unidades de becas podrán requerirle la presentación de documentación relacionada con su solicitud de beca.

Requisitos

Requisitos generales

Para tener derecho a beca los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos generales, a 31 de diciembre de 2018:

Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

No poseer en el momento de solicitar la beca un título de nivel igual o superior al de los estudios para los que se pide la beca.

Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.

Requisitos académicos, económicos y de otro tipo

Además de estos requisitos generales, es necesario cumplir una serie de requisitos que se indican a continuación:

FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

La Formación Profesional Básica (FPB) forma parte de las enseñanzas de Formación Profesional del actual sistema educativo español. En Canarias al finalizar estos títulos de Formación Profesional Básica obtendrás dos cualificaciones profesionales completas de nivel 1 del catálogo nacional de cualificaciones profesionales. Cuando se superen los dos cursos que comprende el ciclo de Formación Profesional Básico compuesto por dos años se obtendrá el título profesional básico correspondientes a las enseñanzas cursadas.

La implantación de los nuevos ciclos de la Formación Profesional Básica está cofinanciada por el Fondo Social Europeo en el marco del objetivo temático 10 “Invertir en Educación, Formación y Formación Profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente”. El lema de este programa es “la Unión Europea invierte en tu futuro”.

La Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad tiene concedida ayuda para cofinanciar por el Fondo Social Europeo la acción correspondiente a la Formación Profesional Básica de la Comunidad Canaria, según Resolución de 4 de Diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 17 de octubre de 2014, por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante de los créditos para el año 2014 para la financiación de la implantación de los nuevos ciclos de Formación Profesional Básica. Esta acción quedaría incluida dentro del eje prioritario 3 del Programa Operativo 2014-2020 del Fondo Social Europeo en el eje:

  • Eje prioritario 3. Objetivo temático 10: Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente.
  • Prioridad de inversión 10.1: La reducción y la prevención del abandono escolar temprano y el fomento de la igualdad de acceso a una educación infantil, primaria y secundaria de buena calidad, incluidos los itinerarios de aprendizaje formales, no formales e informales encaminados a permitir la reintegración en el proceso de educación y formación.
  • Objetivo específico 10.1.1: Reducir el abandono escolar prematuro, el número de personas con bajo rendimiento y promover una educación integradora con especial hincapié en zonas y grupos con necesidades específicas.

Con objeto de disminuir el abandono prematuro de los estudios, se proporcionará a las personas jóvenes de entre 15 y 17 años que no hayan completado la enseñanza obligatoria y que se encuentren en riesgo de exclusión social, de una formación profesional básica que les garantice la adquisición de las competencias necesarias para la obtención del título.

Cartel para el aula o para la clase con las reglas para conseguir un buen tono para el aprendizaje y ayudar a regular las interacciones entre alumnos.

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