Servicios para empresas. Certific@2
Es un servicio que permite a los empresarios y empresarias que actúen en nombre propio y a las empresas y colegiados profesionales que actúen en representación de terceros, realizar comunicaciones de datos sobre sus trabajadores, sustituyendo la entrega presencial de documentos.
Recomendación
Para la navegación por la aplicación, es recomendable usar los botones y enlaces proporcionados por la misma, evitando hacer uso de los del navegador.
Cómo acceder a Certific@2
Para utilizar la aplicación Certific@2, las personas usuarias deben disponer de autorización para la transmisión telemática de datos a los Servicios Públicos de Empleo, obtenida previamente conforme lo definido en la aplicación Contrat@, o de firma electrónica expedida por alguna de las autoridades de certificación.
Atención a la empresa: 901 010 121
La funcionalidad de esta aplicación se concreta en las siguientes utilidades:
Normativa aplicable
Funcionamiento de la aplicación
Acceso
Para utilizar la aplicación Certific@2, las personas usuarias deben disponer de autorización para la transmisión telemática de datos a los Servicios Públicos de Empleo, obtenida previamente conforme lo definido en la aplicación Contrat@, o de firma electrónica expedida por alguna de las autoridades de certificación.
Disponibilidad
La comunicación de datos del certificado de empresa y de periodos de actividad laboral de trabajadores fijos discontinuos y Expedientes de Regulación de Empleo de suspensión o reducción de jornada puede realizarse durante las 24 horas del día, todos los días del año. La aplicación se rige por la fecha y hora oficial española correspondiente a la península, Ceuta, Melilla y el archipiélago balear que figura en la dirección electrónica de acceso.
Confirmación
La aplicación informática emite un mensaje de confirmación de la recepción, en el que constan los datos proporcionados, la fecha y hora de la recepción y una clave de identificación de la transmisión.
El mensaje de confirmación, que puede imprimirse y archivarse, tiene valor de recibo de presentación según normativa vigente.
La persona usuaria es advertida de que no recibir el mensaje de confirmación, o recibir un mensaje de error o deficiencia de transmisión, implican que no se ha producido la recepción.
La recepción en la aplicación Certific@2 de datos distintos a los previstos no producirá ningún efecto y se tendrán por no presentados, comunicándose a quien realizó la emisión tal circunstancia.
Plazos
A los efectos de cómputo de los plazos, serán considerados días inhábiles sólo los así declarados para todo el territorio nacional en el calendario anual de días inhábiles publicado por la Administración General del Estado.
La transmisión de datos recibidos en un día inhábil se entenderá efectuada en la primera hora del primer día hábil siguiente. En el asiento de la entrada se inscribirán como fecha y hora de presentación aquellas en las que se produjo efectivamente la recepción, constando como fecha y hora de entrada efectivas las cero horas y un segundo del primer día hábil siguiente.
Comunicación de Periodos de Actividad
Las personas usuarias de la aplicación Certific@2 deben comunicar los datos de actividad laboral del mes o meses anteriores. La comunicación de periodos de actividad se puede realizar durante las 24 horas del día, todos los días del año, teniendo la autorización previa del trabajador o la trabajadora.
La transmisión telemática de datos por una persona usuaria autorizada respecto a los períodos de actividad laboral de los trabajadores fijos discontinuos o a los afectados por un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o reducción de jornada, permitirá la gestión por parte de la entidad gestora de la solicitud de reanudación de prestaciones y subsidios por desempleo de dichos trabajadores.
Certificado de Empresa
La transmisión telemática de datos por una persona usuaria autorizada supondrá la exención del trabajador o de la trabajadora de la obligación de acompañar el certificado de empresa a su solicitud de prestación por desempleo.
Almacenamiento de la información
Se incorporan a una base de datos todos los datos recibidos a través de la aplicación Certific@2.
La solicitud de información por las personas trabajadoras o sus representantes sobre dichos datos o su inexistencia será atendida por el Servicio Público de Empleo Estatal.
Altas de personas trabajadoras afectadas por EREs
Consiste en ofrecer, a cualquier empresa que tenga acceso a Internet, la posibilidad de comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), las altas iniciales en la prestación de todos aquellos trabajadores y trabajadoras afectados por una extinción, suspensión o reducción de la jornada ordinaria de trabajo, consecuencia de un Expediente de Regulación de Empleo.
Esta comunicación se puede efectuar utilizando la aplicación de la tecnología XML, mediante el tratamiento de ficheros en formato XML cuya gestión de envío es manual. Requiere la intervención de un usuario para, una vez el fichero ha sido creado, proceder a seleccionarlo y enviarlo al SEPE.
Para la generación de este fichero XML, existe un asistente dentro de la aplicación Certific@2.
Documentación
· Guía para empresasPDF: 2,2Mb
· Tablas de códigosZIP: 113Kb
· Tabla de códigos de respuesta de la aplicaciónZIP: 5Kb
· Guía de usoPDF: 404Kb
· Nuevos servicios Orden TIN 790/2010PDF: 2,3Mb
· Cambios en el acceso a Certific@2PDF: 365Kb
· Preguntas frecuentesPDF: 747Kb
· Diseño fichero ERE nóminaPDF: 447Kb
· Diseño fichero ERE cotizaciónPDF: 308Kb
Certificados de empresa
Este servicio permite el envío a través de Internet, por parte de las empresas, de los certificados de empresa de ceses por suspensión o extinción de la relación laboral.
En todo caso las empresas pueden comunicar a los trabajadores y a las trabajadoras que vayan a finalizar su relación laboral, que en el teléfono 901 119 999 del Servicio Público de Empleo Estatal pueden obtener información sobre un posible derecho a prestaciones y sobre la documentación a aportar, agilizándose de esta forma su tramitación.
¿En qué consiste?
Consiste en ofrecer a cualquier empresa que tenga acceso a Internet, la posibilidad de comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) los certificados de cese de la relación laboral.
Esta comunicación se puede efectuar utilizando diferentes medios:
1. A través de la aplicación de la tecnología XML. Utilizando esta tecnología se presentan dos formas bien diferenciadas de poder hacer llegar al SEPE los certificados de cese:
- Mediante el tratamiento de ficheros XML cuya gestión de envío es manual. Requiere la intervención de un usuario para, una vez el fichero XML ha sido creado, proceder a seleccionarlo y enviarlo al SEPE.
- Mediante el tratamiento de ficheros XML cuya gestión de envío está automatizada a través de la utilización de servicios web. Se trata de una tarea de carácter desatendida que no requiere intervención por parte de ningún usuario.
Esta tecnología permite la comunicación de certificados de cese tanto a empresas con una única cuenta de cotización como a aquéllas que tengan más de una cuenta de cotización.
2. A través de la introducción online de los datos de certificados de cese en un formulario web.
¿Cómo funciona el servicio?
Para utilizar la aplicación Certific@2, las personas usuarias deben disponer de autorización para la transmisión telemática de datos a los Servicios Públicos de Empleo, obtenida previamente conforme lo definido en la aplicación Contrat@ o de firma electrónica expedida por alguna de las autoridades de certificación.
El servicio funciona de diferente manera en función del medio escogido para hacer la comunicación de los certificados de cese:
1. Para aquellas empresas que se decidan por la utilización de la tecnología XML.
Para cualquiera de los dos sistemas de envío de certificados de cese al SEPE que utilizan esta tecnología, las empresas deberán generar los ficheros XML conforme a un único esquema publicado por este Organismo. En este esquema se especifica la estructura de los ficheros de comunicación que las empresas deben enviar.
Principales características en el funcionamiento de ambos servicios:
- Para los ficheros XML enviados a través del acceso a la aplicación Certific@2, es decir, enviados mediante
intervención manual, se realizan dos niveles de control:
- Control de formato. Se realiza en tiempo real, en el mismo momento en el que se envía el fichero. En caso de detectarse error, se especifica éste y el fichero no es enviado para su procesamiento en el SEPE. En caso contrario el fichero se envía al SEPE para su procesamiento.
- Resto de controles. Se realizan cuando el fichero ha sido enviado al SEPE. Como resultado de este
segundo nivel de control, se procederá a enviar un correo electrónico informando del resultado definitivo del proceso: procesado correctamente o rechazado, en cuyo caso se
adjuntarán los errores detectados.
Además, en cada envío se pueden anexar hasta 10 ficheros XML.
- Para los ficheros XML enviados a través de la utilización de servicios web, y al tratarse de un servicio
totalmente desatendido, la empresa deberá realizar las adecuaciones informáticas necesarias para dar soporte a esta gestión.
En este apartado se incluyen dos servicios que están disponibles para su uso:
- Servicio web de comunicación de datos, a través del cual se realizan los envíos de los ficheros XML. Como respuesta al envío, el SEPE asigna y devuelve a la empresa un número, que identifica unívocamente al envío realizado.
- Servicio web de consulta de datos. A partir del identificador de envío anteriormente recibido, es posible usar este servicio para conocer en qué situación se encuentra el fichero XML comunicado (recibido o en proceso), y en el caso de haber sido ya procesado, se recibirá como respuesta un fichero que contendrá el resultado definitivo del proceso: procesado correctamente o rechazado, en cuyo caso se adjuntarán los errores detectados.
Las personas trabajadoras incluidas en los ficheros XML a enviar por cualquiera de los dos servicios mencionados pueden pertenecer a empresas con una única cuenta de cotización o a empresas con más de una cuenta de cotización.
2. Para aquellas empresas que se decidan por la opción de introducción de datos a través de un formulario web.
La utilización de esta opción supone la introducción de cada uno de los datos que conforman un certificado de cese de forma similar a como se cumplimentan en el impreso en papel, con las siguientes características:
- Grabación inmediata del certificado en las bases de datos de Certific@2, una vez los datos del mismo han sido cumplimentados correctamente.
- Generación de la versión impresa en formato PDF.
- Disponibilidad de todos los valores posibles en algunos de los campos (tipo de contrato, profesión, causa de suspensión/extinción, …), lo que impide que se puedan comunicar valores inexistentes.
- Controles lógicos y condicionantes en los campos de fechas (fecha de alta en la empresa, fecha de suspensión/extinción, fecha de cotización, …), lo que impide que se puedan comunicar fechas erróneas.
- Controles de obligatoriedad (identificación del representante, grupo de cotización, fecha de alta en la empresa, …) y controles cruzados entre diferentes campos (causa de suspensión/extinción y número ERE, …), lo que impide que se dejen de comunicar datos requeridos.
- Controles de los importes de cotización, al estar topados con los máximos establecidos.
- Datos de la empresa y del trabajador (nombre y apellidos y número de afiliación a la Seguridad Social) facilitados por el sistema, a partir de la identificación de la cuenta de cotización y del NIF/NIE del trabajador, respectivamente.
- Posibilidad de consultar la misma información contenida en el reverso del impreso en papel (Normativa, instrucciones de cumplimentación y Ley de Protección de Datos), mediante botones de ayuda ubicados a lo largo del formulario.
¿Cuáles son los beneficios?
Este servicio de envío telemático de los certificados de empresa resulta de utilidad para las empresas, dado que se agiliza, simplifica y automatiza el proceso de facilitar esta documentación al SEPE, sustituyendo así su entrega al trabajador en formato papel.
El Certificado de empresa de cese de la relación laboral es un documento de vital importancia para el reconocimiento de las prestaciones por desempleo, por lo que resulta importante facilitar dicha documentación al Servicio Público de Empleo, evitando el desplazamiento del trabajador o la trabajadora a su oficina.
Este servicio, en colaboración con las empresas, contribuye a alcanzar el objetivo de impulsar la administración electrónica.
Por lo que respecta a la disponibilidad del servicio (fichero XML, servicio web, formulario web), el sistema permite realizar envíos de certificados de cese durante las 24 horas del día en cualquiera de los 365 días del año.
A esto hay que añadir el importante paso que supone en la automatización del proceso de envío la aplicación del servicio web, así como la independencia tecnológica de la utilización del formulario web, ya que no requiere ningún tipo de conocimiento especial ni desarrollo informático por parte de las empresas, teniendo como único requisito disponer de acceso a Internet.
Documentación
- Guía de empresaPDF: 20 Mbs
- Manual de UsuarioPDF: 3Mb
- Preguntas frecuentesPDF: 194Kb
- Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, para el envío del certificado de empresa por medios telemáticosPDF: 209Kb
- Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad SocialPDF: 194Kb
Períodos de actividad y otras situaciones
Este servicio permite el envío a través de Internet, por parte de las empresas, de la transmisión de comunicaciones de períodos de actividad y otras situaciones producidas durante la vigencia de las campañas de trabajadores fijos-discontinuos o durante los períodos de suspensión laboral o reducción de la jornada ordinaria de trabajo, autorizados por Expediente de Regulación de Empleo.
¿En qué consiste?
Consiste en ofrecer la posibilidad, a cualquier empresa que tenga acceso a Internet, de comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), las altas iniciales en la prestación de todas aquellas personas trabajadoras afectadas por una extinción, suspensión o reducción de la jornada ordinaria de trabajo consecuencia de un Expediente de Regulación de Empleo.
Esta comunicación se puede efectuar utilizando la aplicación de la tecnología XML, mediante el tratamiento de ficheros en formato XML cuya gestión de envío es manual. Requiere la intervención de un usuario para, una vez el fichero ha sido creado, proceder a seleccionarlo y enviarlo al SEPE.
Para la generación de este fichero XML, existe un asistente dentro de la aplicación Certific@2.
¿Cómo funciona el servicio?
Para utilizar la aplicación Certific@2, las personas usuarias deben disponer de autorización para la transmisión telemática de datos a los Servicios Públicos de Empleo, obtenida previamente conforme lo definido en la aplicación Contrat@, o de firma electrónica expedida por alguna de las autoridades de certificación.
Para los ficheros XML enviados a través del acceso a la aplicación Certific@2, se realizan dos niveles de control:
- Control de formato. Se realiza en tiempo real, en el mismo momento en el que se envía el fichero. En caso de detectarse error, se especifica éste y el fichero no es enviado para su procesamiento en el SEPE. En caso contrario el fichero se envía al SEPE para su procesamiento.
- Resto de controles. Se realizan cuando el fichero ha sido enviado al SEPE. Como resultado de este segundo nivel de control, se procederá a enviar un correo electrónico informando del resultado definitivo del proceso: procesado correctamente o rechazado, en cuyo caso se adjuntarán los errores detectados.
Además, en cada envío se pueden anexar hasta 10 ficheros XML.
Las personas usuarias de la aplicación Certific@2 deben comunicar los datos de actividad laboral del mes o meses anteriores. La comunicación de periodos de actividad se puede realizar durante las 24 horas del día, todos los días del año, teniendo la autorización previa del trabajador.
La transmisión telemática de datos por una persona usuaria autorizada respecto a los períodos de actividad laboral de los trabajadores fijos discontinuos o a las personas afectadas por un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o reducción de jornada, permitirá la gestión por parte de la entidad gestora de la solicitud de reanudación de prestaciones y subsidios por desempleo de dichas personas trabajadoras.
¿Cuáles son los beneficios?
Con esta aplicación que el Servicio Público de Empleo Estatal pone a disposición de las empresas, se pretende la simplificación de los trámites para el reconocimiento y la reducción de los plazos de los Expedientes de Regulación de Empleo.
Documentación
- Guía para empresasPDF: 1,4 Mbs
- Manual de UsuarioPDF: 3Mb
- Guía de uso de aplicación del coeficiente 1,25PDF: 3Mb
- Calendario periodos de actividadPDF: 37Kb
- Preguntas frecuentesPDF: 43Kb
Transmisión previa de datos de despidos colectivos, suspensión de la relación laboral y reducción de jornada previsto en la Orden ESS/982/2013
¿En qué consiste?
Consiste en ofrecer la posibilidad de comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por parte de las empresas y con carácter previo a su efectividad, la información relativa a las medidas de despido colectivo, suspensión de la relación laboral y reducción de jornada, aunque en ningún caso podrá hacerse extensiva dicha comunicación al pago de las prestaciones por desempleo que puedan derivarse de la aplicación de las medidas citadas.
Esta comunicación se puede efectuar utilizando la aplicación de la tecnología XML, mediante el tratamiento de ficheros en formato XML cuya gestión de envío es manual. Requiere la intervención de un usuario para, una vez el fichero ha sido creado, proceder a seleccionarlo y enviarlo al SEPE.
¿Cómo funciona el servicio?
Para utilizar la aplicación Certific@2, las personas usuarias deben disponer de autorización para la transmisión telemática de datos a los Servicios Públicos de Empleo, obtenida previamente conforme lo definido en la aplicación Contrat@, o de firma electrónica expedida por alguna de las autoridades de certificación.
Para los ficheros XML enviados a través del acceso a la aplicación Certific@2, se realizan dos niveles de control:
- Control de formato. Se realiza en tiempo real, en el mismo momento en el que se envía el fichero. En caso de detectarse error, se especifica éste y el fichero no es enviado para su procesamiento en el SEPE. En caso contrario el fichero se envía al SEPE para su procesamiento.
- Resto de controles. Se realizan cuando el fichero ha sido enviado al SEPE. Como resultado de este segundo nivel de control, se procederá a enviar un correo electrónico informando del resultado definitivo del proceso: procesado correctamente o rechazado, en cuyo caso se adjuntarán los errores detectados.
Además, en cada envío se pueden anexar hasta 10 ficheros XML.
La comunicación sobre las medidas de despido colectivo, suspensión de la relación laboral y reducción de jornada se puede realizar durante las 24 horas del día, todos los días del año.
¿Cuáles son los beneficios?
Se facilitan a las empresas los medios electrónicos para la trasmisión de información al SEPE, que supone la simplificación de trámites, ahorro de costes y eliminación de papel.
Enlaces de interés
- Para aquellas cuestiones relativas a procedimientos de despido colectivo, suspensión de contratos o reducción de jornada pueden contactar con la Autoridad Laboral correspondiente o consultar laGuía Laboral.
- Para cuestiones relacionadas con las obligaciones, infracciones o sanciones derivadas del incumplimiento de la Orden ESS/982/2013 pueden contactar con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social correspondiente.
Documentación
- Manual de usuarioPDF: 3.6 Mb
- Orden ESS/982/2013 (BOE 133, del 4 de junio de 2013)PDF: 162Kb
- Preguntas frecuentesPDF: 66Kb
- Relación de direcciones de correo electrónico para enviar al SEPE el documento “acuerdo empresarial”PDF: 57Kb
- Guía para empresasPDF: 1,9Mb
- Aclaraciones sobre el tipo de envío y el tipo de transacción del trabajadorPDF: 161Kb
Transmisión de altas de trabajadores afectados por Expedientes de Regulación de Empleo
Envío telemático de altas de trabajadores afectados por EREs
Este servicio permite el envío a través de Internet, por parte de las empresas, de las altas de personas trabajadoras afectadas por Expedientes de Regulación de Empleo de extinción, suspensión o reducción de la relación laboral.
En todo caso, las empresas pueden comunicar a las personas trabajadoras que vayan a finalizar su relación laboral, que en el teléfono 901 11 99 99 del Servicio Público de Empleo Estatal pueden obtener información sobre un posible derecho a prestaciones y sobre la documentación a aportar, agilizándose de esta forma su tramitación.
¿En qué consiste?
Consiste en ofrecer, a cualquier empresa que tenga acceso a Internet, la posibilidad de comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), las altas iniciales en la prestación de todas aquellas personas trabajadoras afectadas por una extinción, suspensión o reducción de la jornada ordinaria de trabajo, consecuencia de un Expediente de Regulación de Empleo.
Esta comunicación se puede efectuar utilizando la aplicación de la tecnología XML, mediante el tratamiento de ficheros en formato XML cuya gestión de envío es manual. Requiere la intervención de un usuario para, una vez el fichero ha sido creado, proceder a seleccionarlo y enviarlo al SEPE.
Para la generación de este fichero XML, existe un asistente dentro de la aplicación Certific@2.
¿Cómo funciona el servicio?
Para utilizar la aplicación Certific@2, las personas usuarias deben disponer de autorización para la transmisión telemática de datos a los Servicios Públicos de Empleo, obtenida previamente conforme lo definido en la aplicación Contrat@, o de firma electrónica expedida por alguna de las autoridades de certificación.
Para los ficheros XML enviados a través del acceso a la aplicación Certific@2, se realizan dos niveles de control:
- Control de formato. Se realiza en tiempo real, en el mismo momento en el que se envía el fichero. En caso de detectarse error, se especifica éste y el fichero no es enviado para su procesamiento en el SEPE. En caso contrario el fichero se envía al SEPE para su procesamiento.
- Resto de controles. Se realizan cuando el fichero ha sido enviado al SEPE. Como resultado de este segundo nivel de control, se procederá a enviar un correo electrónico informando del resultado definitivo del proceso: procesado correctamente o rechazado, en cuyo caso se adjuntarán los errores detectados.
Además, en cada envío se pueden anexar hasta 10 ficheros XML.
La comunicación de altas de prestaciones por Expediente de Regulación de Empleo se puede realizar durante las 24 horas del día, todos los días del año, teniendo la autorización previa del trabajador.
¿Cuáles son los beneficios?
Con esta aplicación que el Servicio Público de Empleo Estatal pone a disposición de las empresas, se pretende la simplificación de los trámites para el reconocimiento y la reducción de los plazos de los Expedientes de Regulación de Empleo.
Documentación
- Guía para empresasPDF: 1,8Mb
- Manual de UsuarioPDF: 1,4Mb
- Preguntas frecuentesPDF: 48Kb