CUALIFICACIONES PROFESIONALES

¿QUÉ ES LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL?

LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL es el conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación así como a través de la experiencia laboral (Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional).

COMPETENCIAS PROFESIONALES: Son el conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. (Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional).

Es lo que debe SABER (CONOCER) Y SABER HACER (CAPACIDAD) un trabajador para poder desempeñar bien su trabajo, las tareas en qué consiste, según los estándares que el mercado o el sector productivo considera aceptables.

CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) es el instrumento del Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales y Formación Profesional (SNCPyFP) en el que se ordenan todas las cualificaciones profesionales susceptibles de reconocimiento y acreditación.

Las cualificaciones que se incorporen al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales deberán contener, al menos, los siguientes elementos:

·         LA DENOMINACIÓN.

·         EL NIVEL DE CUALIFICACIÓN.

·         LA COMPETENCIA GENERAL DE LA CUALIFICACIÓN.

·         ENTORNO PROFESIONAL.

·         LAS UNIDADES DE COMPETENCIA DE LA CUALIFICACIÓN.

 

·         FORMACIÓN ASOCIADA EXPRESADA EN MÓDULOS FORMATIVOS, CON SU CORRESPONDIENTE DURACIÓN EN HORAS.

¿Qué es una competencia profesional?

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y la formación profesional define la competencia profesional como El conjunto de conocimientos y capacidades que permitan el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.

La competencia profesional comprende un conjunto de capacidades de diferente naturaleza que permiten conseguir un resultado. Esta competencia está vinculada al desempeño profesional, no es independiente del contexto y expresa los requerimientos humanos valorados en la relación hombre-trabajo.

¿Qué es una cualificación profesional?

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y la formación profesional la define como el Conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral.

Una persona cualificada es una persona preparada, alguien capaz de realizar un determinado trabajo, que dispone de todas las competencias profesionales que se requieren en ese puesto.

¿Qué es el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional?

Es el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.

¿Cuál es el principal objetivo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional?

El Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional tiene como principal objetivo la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas así como la oferta de formación sostenida con fondos públicos y que favorezca la formación a lo largo de toda la vida, acomodándose a las distintas expectativas y situaciones personales y profesionales.

¿Cuál es la base normativa del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional?

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (BOE del 20 de junio).

¿Cuáles son los principios básicos del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional?

  • El desarrollo personal, el ejercicio del derecho al trabajo, la libre elección de profesión u oficio y a la satisfacción de las necesidades del sistema productivo y del empleo a lo largo de toda la vida.
  • El acceso, en condiciones de igualdad de todos los ciudadanos, a las diferentes modalidades de la formación profesional.
  • La participación y cooperación de los agentes sociales con los poderes públicos.
  • La adecuación de la formación y las cualificaciones a los criterios de la Unión Europea.
  • La participación y cooperación de las diferentes Administraciones públicas.
  • La promoción del desarrollo económico y la adecuación a las diferentes necesidades territoriales del sistema productivo.

¿Qué fines se propone el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional?

  • Capacitar para la actividad profesional.
  • Promover una oferta formativa de calidad.
  • Proporcionar a los interesados información y orientación.
  • Incorporar a la oferta formativa acciones de formación que capaciten para el desempeño de actividades empresariales y por cuenta propia.
  • Evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional cualquiera que hubiera sido la forma de su adquisición.
  • Favorecer la inversión pública y privada en la cualificación de los trabajadores y la optimización de los recursos dedicados a la formación profesional.

¿Qué instrumentos y acciones forman el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional?

  • El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, que incluye el contenido de la formación profesional asociada a cada cualificación y tiene estructura modular.
  • Un procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales.
  • La información y orientación en materia de formación profesional y empleo.
  • La evaluación y mejora de la calidad del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional que proporcione la oportuna información sobre el funcionamiento de éste y sobre su adecuación a las necesidades formativas individuales y a las del sistema productivo.

¿Quién va a realizar la regulación y coordinación del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional?

  • La Administración General del Estado a la que le corresponde la regulación y la coordinación del Sistema, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas y de la participación de los agentes sociales.
  • El Consejo General de Formación Profesional que es el órgano consultivo y de participación institucional de las Administraciones públicas y los agentes sociales y de asesoramiento del Gobierno en materia de formación profesional, sin perjuicio de las competencias que el Consejo Escolar del Estado tiene atribuidas.
  • El Instituto Nacional de las Cualificaciones que es el órgano técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional responsable de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y el correspondiente Catálogo Modular de Formación Profesional.

¿Qué beneficios aporta el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesional y su Catálogo al mercado de trabajo?

Contribuye a su transparencia y a la movilidad de los trabajadores en la medida que facilita el reconocimiento de su cualificación, tanto en España como en los países europeos. Instituye referentes reconocidos por todos (empresas y trabajadores, administraciones educativas y laborales, ministerios y comunidades autónomas), identifica niveles de competencia y de formación y, especialmente, permite reconocer la experiencia laboral y otras vías no formales de aprendizaje concediéndoles un valor en los sistemas formativos.

¿Qué beneficios ofrecen el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesional y su Catálogo a los trabajadores?

  • Se les reconocen oficialmente las competencias adquiridas mediante su experiencia laboral.
  • Se eleva su nivel de cualificación.
  • Se hacen reconocibles y visibles sus competencias en el mercado laboral.
  • Pueden obtener títulos de Formación Profesional Reglada o Certificados de Profesionalidad válidos en todo el territorio nacional.
  • Pueden convalidar materias si deseasen realizar estudios de mayor nivel.

¿Qué beneficios ofrecen el Sistema Nacional de Cualificaciones Profesional y su Catálogo a las empresas?

  • Cuentan con trabajadores más preparados.
  • Es más fácil seleccionar trabajadores al disponer de referentes.
  • La promoción de los trabajadores resulta más sencilla y eficaz.
  • La formación se revaloriza y se produce mayor motivación en los trabajadores.

¿Qué es el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales?

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales es el instrumento del Sistema Nacional de las Cualificaciones y Formación Profesional constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional y por la formación asociada a las mismas.

¿Para qué sirve el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales?

Permite adecuar la formación profesional a las demandas del sistema productivo, integrar los distintos sistemas de formación de los profesionales y acreditar las competencias que tienen las personas aunque no tengan una formación o un título oficial.

Este Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales es un referente para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o la formación. Tiene validez en todo el país y promueve la integración de las diversas formas de adquirir formación profesional. Asimismo, facilita la homogeneización de la formación y la acreditación profesional en la Unión Europea, lo que favorece el libre movimiento de trabajadores en estos países.

¿Por qué es importante que haya una integración de los distintos sistemas de formación de los profesionales?

Porque de esta manera se dispone de un sistema único y coordinado que garantiza a los ciudadanos que su esfuerzo por formarse y la experiencia que han adquirido en su puesto de trabajo tendrán un mismo reconocimiento en los distintos sistemas de formación y en el ámbito laboral.

¿Cómo se adquieren las cualificaciones profesionales?

Las cualificaciones pueden conseguirse a través de la formación profesional, de la experiencia profesional o de otras vías no formales de formación.

Los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad acreditan las correspondientes cualificaciones profesionales a quienes los hayan obtenido, según establece la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio.

En la actualidad en España coexisten la formación profesional reglada y la formación para el empleo. La primera está compuesta por una serie de ciclos formativos que dan lugar a los títulos de técnico y técnico superior, normalmente constituye la formación profesional inicial y se adquiere a través de los centros de la administración educativa; la segunda tiene como objetivo favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores, con independencia de su situación de ocupación o desempleo y en la actualidad se adquiere a través de cursos de formación profesional ocupacional y de formación profesional continua. La experiencia adquirida mediante el trabajo y mediante otras vías no formales de formación permite también sumar competencias hasta obtener una cualificación que responda con éxito a las necesidades del sistema productivo.

¿Una cualificación es lo mismo que un título?

No. La cualificación es la competencia que el trabajador debe tener para responder a las necesidades del mercado laboral y expresa los resultados que tiene que obtener en su trabajo. Un título es la formación que define la Administración Pública para adquirir la competencia incluida en una o más cualificaciones profesionales.

¿Qué organismo elabora este Catálogo Nacional de Cualificaciones?

El Instituto Nacional de las Cualificaciones es el organismo técnico encargado de definir, elaborar y mantener actualizados el Catálogo Nacional de las Cualificaciones y el Catálogo Modular de Formación Profesional.

Es también una labor del INCUAL proporcionar información sobre las profesiones que demanda el mercado de trabajo, para lo que dispone de su propio Observatorio Profesional.

¿Cómo se elabora el Catálogo Nacional de Cualificaciones?

La elaboración del Catálogo sigue unas bases metodológicas aprobadas por el Consejo General de Formación Profesional, en el que participan y colaboran la Administración general, las comunidades autónomas y las principales organizaciones empresariales y sindicales.

Esta metodología es similar a la que se utilizó para elaborar el Catálogo de Títulos de Formación Profesional y los Certificados de Profesionalidad. Para definir las cualificaciones se crean grupos de trabajo en los que participan expertos en sistemas productivos y formación. Estos expertos son propuestos por las organizaciones que forman el Consejo General. En este ámbito, la función del Instituto Nacional de las Cualificaciones es dirigir y coordinar el trabajo de estos grupos.

¿Cuáles son las etapas del proceso de elaboración del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales?

El catálogo se elabora en cinco etapas de investigación, análisis y contraste continuo:

  1. Preparación de datos y formación del grupo de trabajo.
  2. Definición de la cualificación profesional.
  3. Definición de formación asociados a la cualificación.
  4. Contraste externo del trabajo realizado por el grupo a través del Consejo General de Formación Profesional.
  5. Aprobación de la cualificación. Superadas estas etapas, y tras recibir el visto bueno por parte de los organismos competentes, es el Gobierno de la nación quien aprueba definitivamente las cualificaciones. Estas cualificaciones se publican en el BOE para su general conocimiento.

¿Cómo se puede participar en este proceso?

La elaboración del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales no es una tarea de un sólo organismo. En ella colaboran todos los sectores implicados en el mundo del trabajo y la formación, con el fin de dar respuesta a las demandas de profesionales que realizan las empresas.

Es, por tanto, una labor en la que intervienen la Administración general, las administraciones autonómicas, las organizaciones empresariales y los sindicatos. Todos tienen mucho que decir y todos están representados en el Consejo General de la Formación Profesional, órgano que asesora al Gobierno sobre esta materia. Corresponde a las entidades que forman este Consejo proponer a los expertos que integran los grupos de trabajo encargados de definir y elaborar las cualificaciones que se incorporarán al Catálogo. Estas personas son elegidas por sus conocimientos técnicos sobre un determinado sector o por sus conocimientos del sistema formativo. El INCUAL es el encargado de pilotar el trabajo de estos grupos de expertos, que pueden estar distribuidos por distintas comunidades autónomas.

¿Cómo se estructura el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales?

Las cualificaciones se ordenan con dos criterios, uno sectorial y otro de nivel, así hay 26 familias profesionales y 5 niveles. Estos niveles se determinan según el grado de complejidad, autonomía y responsabilidad necesarios para realizar una actividad laboral.

¿Cuál es la estructura de una cualificación?

A cada cualificación se le asigna una competencia general, en la que se definen brevemente los cometidos y funciones esenciales del profesional. Se describe, asimismo, el entorno profesional en el que puede desarrollarse la cualificación, los sectores productivos y las ocupaciones y puestos de trabajo relevantes a los que permite acceder.

La cualificación se divide en unidades de competencia que pueden acreditarse parcialmente, a las que se asocia la formación necesaria, dividida en módulos. En estos se determinan los contenidos, las capacidades necesarias y los criterios de evaluación, así como los espacios e instalaciones que se precisan y la formación académica y experiencia profesional de los formadores que los impartan. La estructura en unidades de competencia permite evaluar y reconocer al trabajador cada una de ellas, independientemente de que se haya obtenido a través de la formación o de la práctica profesional, y acumularlas hasta obtener la acreditación de una cualificación completa.

¿Qué familias profesionales componen el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales?

Las 26 familias integradas actualmente en el Catálogo son las siguientes:

  • Agraria
  • Marítimo-pesquera
  • Industrias alimentarias
  • Químicas
  • Imagen personal
  • Sanidad
  • Seguridad y Medioambiente
  • Industrias extractivas
  • Fabricación mecánica
  • Instalación y mantenimiento
  • Electricidad y electrónica
  • Transporte y mantenimiento de vehículos
  • Edificación y obra civil
  • Vidrio y cerámica
  • Madera, mueble y corcho
  • Textil, confección y piel
  • Artes gráficas
  • Imagen y sonido
  • Informática y comunicaciones
  • Administración y gestión
  • Comercio y marketing
  • Servicios socioculturales y a la comunidad
  • Hostelería y turismo
  • Actividades físicas y deportivas
  • Energía y agua
  • Artes y artesanías

¿Qué es el Catálogo Modular de Formación Profesional?

Para cada una de las cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones se define la formación que permite alcanzarla. El Catálogo Modular de Formación Profesional es el conjunto de módulos formativos asociados a las diferentes unidades de competencia de las cualificaciones profesionales. Proporciona un referente común para la integración de las ofertas de formación profesional que permita la capitalización y el fomento del aprendizaje a lo largo de la vida. Además sirve para informar y orientar con eficacia sobre las oportunidades de formación para el empleo.

¿Qué es un Módulo Formativo dentro del Catálogo Modular de Formación Profesional?

El Módulo Formativo es el bloque coherente de formación asociado a cada una de las unidades de competencia que configuran la cualificación. Constituye la unidad mínima de formación profesional acreditable para determinar los títulos y certificados de profesionalidad.

¿Cuál es la estructura de un Módulo Formativo?

Cada módulo formativo tiene un formato normalizado que incluye los datos de identificación y las especificaciones de la formación.

Datos de identificación:

  • Denominación.
  • Nivel de cualificación al que se vincula.
  • Código alfanumérico.
  • Unidad de competencia a la que está asociado.
  • Duración en horas.

Especificaciones de la formación:

  • Capacidades: expresión de los resultados esperados de las personas en situación de aprendizaje al finalizar el módulo formativo.
  • Criterios de evaluación: conjunto de precisiones para cada capacidad que indican el grado de concreción aceptable de la misma. Delimitan el alcance y nivel de la capacidad y el contexto en el que va a ser evaluada.
  • Contenidos formativos necesarios para adquirir las competencias a las que se asocia.
  • Requisitos básicos del contexto formativo: espacios e instalaciones y perfil profesional del formador. Estos requisitos tienen carácter orientador para la normativa básica reguladora de las ofertas formativas.

¿Existen otras ofertas formativas no vinculadas al Catálogo Modular de la Formación Profesional?

Con la finalidad de satisfacer y adecuarse al máximo a las necesidades específicas de formación y cualificación, la oferta formativa sostenida con fondos públicos tendrá la mayor amplitud y a tal efecto incluirá acciones no asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Las competencias profesionales ofertadas y adquiridas mediante las acciones formativas indicadas en el párrafo anterior, podrán ser acreditadas cuando sean incorporadas al Catálogo de Cualificaciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Cualificaciones y Formación Profesional.

¿Están ya acabados el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y el Catálogo Modular?

No. Se trata de un proceso en marcha que actualmente ha definido 162 cualificaciones profesionales y 572 módulos profesionales publicados en el BOE y cuenta con más de 200 cualificaciones en desarrollo. Se sigue avanzando para completar el estudio en todos los sectores, profesiones y tareas más relevantes.

¿Qué son los Centros Integrados de Formación Profesional?

Son centros que imparten todas las ofertas formativas referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que conducen a títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad. Están regulados en el REAL DECRETO 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros integrados de formación profesional. (BOE del 30 de diciembre).

¿Qué es la Red de Centros de referencia nacional?

La innovación y experimentación en materia de formación profesional se desarrollará a través de una red de centros de referencia nacional, con implantación en todas las Comunidades Autónomas, especializados en los distintos sectores productivos. A tales efectos, dichos centros podrán incluir acciones formativas dirigidas a:

  • estudiantes
  • trabajadores ocupados
  • desempleados
  • empresarios
  • formadores

La programación y ejecución de las correspondientes actuaciones de carácter innovador, experimental y formativo se llevará a cabo, mediante convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas.

 

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meimpulso resume en una infografía qué son y cómo funcionan los certificados de profesionalidad

meimpulso muestra en una infografía la relación entre los certificados de profesionalidad y la formación profesionaldel sistema educativo

Ficha de los Certificados de Profesionalidad

La información más relevante sobre cada certificado de profesionalidad se recoge en una ficha.

meimpulso informa de la estructura de los certificados de profesionalidad del sistema de formación profesional para el empleo

Los elementos que de interés en estas fichas son:

  • Competencia general: Define el perfil profesional que acredita este certificado.
  • Módulos formativos: Definen los bloques de contenidos que se deben de superar para obtener el certificado de profesionalidad por la vía formativa.
  • Unidades de competencia: Definen los subconjuntos de competencias profesionales específicas que debes demostrar para obtener el certificado de profesionalidad por la vía de la acreditación.
  • Ocupaciones o puestos de trabajo: Enumeran el listado de trabajos a los que puedes acceder con este certificado de profesionalidad.
  • Nivel: Los certificados de profesionalidad pueden ser de 3 niveles distintos según la complejidad de las competencias que lo definen.

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Familias profesionales

Familia profesional

Conjunto de cualificaciones en las que se estructura el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, atendiendo a criterios de afinidad de la competencia profesional.

La relación de familias profesionales se establece en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y en el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, que lo modifica.

Área profesional

Se entiende por área profesional un ámbito de actividades productivas afines que conlleva un desarrollo profesional homogéneo dentro de una familia profesional y de los conocimientos y habilidades que son necesarios para alcanzarlos. Se caracteriza por la relación entre las actividades profesionales, el uso de las tecnologías, la circulación de la información, el lenguaje, los tipos de productos y las habilidades y conocimientos que se desarrollan.

La relación de las áreas profesionales son las que figuran en la Resolución de 12 de marzo de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para la inclusión de nuevas especialidades en el fichero de especialidades formativas.

Accede al listado de certificados de profesionalidad pulsando sobre la familia que desees

 

 

 

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS

PROFESIONALES ADQUIRIDAS A TRAVÉS DE LA EXPERIENCIA LABORAL O DE VÍAS NO FORMALES DE FORMACIÓN

 

En los casos en los que los módulos formativos  asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos????

 

·         No encontrarse en posesión de un Título de Formación Profesional ni de un Certificado de Profesionalidad que contenga las cualificaciones profesionales convocadas.

 

ESTA DIAPOSITIVA NO /si 2ªconvocatoria

Si ha participado como candidato en anteriores procedimientos de acreditación podrá ser admitido en la misma cualificación siempre que:

A) ACREDITE AL MENOS UNA UC EN ALGUNO DE LOS PROCEDIMIENTOS ANTERIORES DE ESA CUALIFICACIÓN.

 

B) DEMOSTRAR HABER REALIZADO NUEVA FORMACIÓN O EXPERIENCIA PROFESIONAL SIGNIFICATIVA EN AQUELLAS UC EN LAS QUE NO SE HAYA ACREDITADO ANTERIORMENTE, DE ESA CUALIFICACIÓN.

 

·         Los candidatos solicitarán una única cualificación profesional, si  presenta más de una solicitud se

tendrá en cuenta para el procedimiento únicamente aquella presentada con fecha posterior

 

 

COPIA DEL DNI, NIE O PASAPORTE

CV EUROPEO

ACREDITACIÓN  DE LA EXPERIENCIA LABORAL

ASALARIADOS :

 

·         CERTIFICACIÓN DE LA TESORERÍA GENERAL SS, INSTITUTO SOCIAL MARINA O  MUTUALIDAD A LA QUE ESTUVIERAN AFILIADAS ( EMPRESA, CATEGORÍA (GRUPO DE COTIZACIÓN) Y  PERÍODO DE CONTRATACIÓN)

·         CONTRATO DE TRABAJO O CERTIFICACIÓN DE LA EMPRESA DURACIÓN DE LOS PERIODOS DE PRESTACIÓN DEL CONTRATO, LA ACTIVIDAD DESARROLLADA Y EL INTERVALO DE TIEMPO EN EL QUE SE HA REALIZADO DICHA ACTIVIDAD. DOCUMENTO SELLADO Y FIRMADO  POR EL RESPONSABLE DE LA ORGANIZACIÓN QUE CERTIFIQUE.

 

TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA

 

·         CERTIFICACIÓN DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL O DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA DE LOS PERÍODOS DE ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL

 

·         DECLARACIÓN RESPONSABLE:

o   Descripción de la actividad desarrollada

o   Intervalo de tiempo

 

TRABAJADORES VOLUNTARIOS O BECARIOS:

 

Certificación de la organización sellado y firmado por el responsable de la organización que certifique:

 

·         ACTIVIDADES Y FUNCIONES REALIZADAS

·         FECHAS

·         NÚMERO DE HORAS

 

·         APRENDIZAJES NO FORMALES

 

·         DOCUMENTO CERTIFICADO POR LA ENTIDAD Y ORGANISMO LEGALMENTE RECONOCIDO QUE LA IMPARTIÓ (COPIAS SIMPLE )???

 

·         CONTENIDOS Y  HORAS DE FORMACIÓN,.

 

TASAS  DE INSCRIPCIÓN - MOD 701

 

 Ingreso c/c SCE

Caja Rural de Canarias: 3177 0001 14 2195577925. Caja Siete: 3076 0760 29 2240751723.

 

            FASE DE ASESORAMIENTO: 27,47€ .

            FASE DE EVALUACIÓN: 13,20 € POR C/UC EN LAS QUE SE VAYA A EVALUAR

            <EXENTOS DESEMPLEADOS INSCRITOS  COMO DEMANDANTES DE EMPLEO>

 
 

 

 

 

1º FASE: ASESORAMIENTO

 

 

<REUNIÓN COLECTIVA OBLIGATORIA ENTREGA DEL JUSTICANTE  DEL PAGO DE TASA>

 

INDIVIDUAL Y PRESENCIAL : requerirle, autoevaluar su competencia, completar su historial, personal y/o formativo o a presentar evidencias que lo justifiquen, perdiendo su condición de persona candidata admitida y seleccionada en el procedimiento cuando siendo citado no acuda a dos de las citaciones, sin presentar justificación. (que tipo de justificac)??

 

EMISIÓN DE INFORME orientativo sobre la conveniencia que el aspirante acceda a la fase de evaluación y sobre las competencias profesionales que considera suficientemente justificadas:

 
 

 

 

 


INFORME

 

a)      POSITIVO: documentación aportada y el  informe elaborado y firmado se trasladará a la comisión de evaluación

 

 

b)      NEGATIVO: indicará al candidato la formación complementaria que debería realizar y los centros donde podría recibirla. No obstante, informe  no vinculante, el candidato podrá decidir pasar a la fase de evaluación. En este caso, también se trasladará a la comisió de evaluación, el informe elaborado firmado y la documentación.

 

 

 

 

2º FASE: EVALUACIÓN

 

OBJETIVO:  comprobar que el candidato demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional.

 

Se analizará el informe del asesor  y la documentación y en su caso, recabando nuevas evidencias necesarias para evaluar la competencia profesional. MÉTODOS QUE SE UTILIZARÁN, entre otros, la observación del candidato o candidata en el puesto de trabajo, simulaciones, pruebas estandarizadas de competencia profesional o entrevista profesional.

 

            PRIMERA REUNIÓN entregar el modelo 701, justificante del pago de tasas de inscripción , salvo exentos.

 

            La ASISTENCIA , individual o colectiva, será obligatoria, realizando la citación a cada candidato de manera presencial o por medios telemáticos, indicando el lugar, fecha y hora de las distintas pruebas.

 

            Se perderá su condición de persona admitida y seleccionada en el procedimiento cuando, siendo citado, no acuda a dos de las citaciones sin presentar justificación, circunstancia que se hará constar en su expediente, figurando en el acta de evaluación como no presentado.

           

En caso de justificar la ausencia, la comisión de evaluación deberá emplazar al candidato para una nueva prueba, siempre que la fase no haya finalizado.

 

El resultado de la evaluación de la competencia profesional en una determinada UC expresará en : DEMOSTRADA O NO DEMOSTRADA, y ésta será la unidad mínima de acreditación.

 

CONTRA LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE LAS UC, el candidato tendrá derecho a reclamar ante la Comisión de Evaluación, EN EL PLAZO DE DIEZ DÍAS a contar desde la fecha de convocatoria para la entrega de los mismos.

 
 

 

 

 

3º FASE: ACREDITACIÓN DE LA

COMPETENCIA PROFESIONAL

 

1. A las personas candidatas que en proceso de evaluación hayan demostrado su competencia profesional, se les expedirá por el ICCP, una acreditación de c/UC en las que se hayan demostrado su competencia profesional, de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo IV de las presentes bases.

 

2. A las personas candidatas que completen los requisitos para la obtención de un Certificado de Profesionalidad o un Título de Formación Profesional, el ICCP le indicará los trámites necesarios para su obtención.

Copiar las fichas de los Certificados

 

VÍAS DE OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

FORMACIÓN COMPLEMETARIA

            Formación cursos no formales del  SCE(ver página cursos sin certificados)  u otras entidades (ver academias o fundaciones????). , y proceder a nueva convocatoria de acreditación.(no será necesario pasar la Fase de Asesoramiento)??

            Módulo del CdP necesario realizar prueba de Competencias Clave?? Actualmente se imparten formación modular de los CdP??

            Ciclo formativo administración y gestión, necesario prueba de acceso para poder convalidar las UC  (recomendar enseñanzas semipresenciales)

 

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Requisitos y Fases

Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.      Nacionalidad española, o Certificado de registro de ciudadanía comunitaria o Tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o Autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor.

2.      Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1

3.      Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 2 y 3.

4.      Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieran acreditar:

o    Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.

o    Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

El procedimiento constará de las siguientes fases:

·         Publicación de la Convocatoria.

·         Lista de admitidos y excluidos en el procedimiento.

·         Asesoramiento.

·         Evaluación de la competencia profesional.

·         Acreditación y registro de la competencia profesional.

 

 

 

Justificación de los Requisitos

Asalariados

CERTIFICADOS

CONTENIDO

·         De la Tesorería General de la Seguridad Social (Vida Laboral)

·         Del Instituto Social de la Marina o de la Mutualidad.

·         La empresa, la categoría laboral (grupo de cotización)

·         El período de contratación

·         Contrato de Trabajo o

·         Certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral

·         Duración de los periodos de prestación del contrato

·         Actividad desarrollada

·         Intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

Autónomos o por Cuenta Propia

CONTENIDO

CERTIFICADOS

 

·         Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o

·         Del Instituto Social de la Marina o

·         De los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.

·         Actividad desarrollada

·         Intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

Voluntarios o Becarios

CERTIFICADOS

CONTENIDO

·         Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia

·         Actividades y funciones realizadas

·         Año en el que se han realizado

·         Número total de horas dedicadas a las mismas

Las administraciones competentes promoverán el establecimiento de un sistema de comunicación electrónica con la Tesorería General de la Seguridad Social para la transmisión de estos datos.

Persona Candidata

CERTIFICADOS

CONTENIDO

·         Formación relacionada con las unidades de competencia que se pretendan acreditar

·         Contenidos

·         Horas de formación.

 

Quienes no puedan justificar los documentos señalados y sean mayores de 25 años podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento hasta que las administraciones competentes emitan el informe correspondiente para su inclusión definitiva en el mismo.